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WEB Autorización Residencia

La autorización de residencia es el documento que permite residir en España a ciudadanos extracomunitarios (no pertenecientes a países de la Unión Europea).

 

¿Dónde presentar la solicitud?

  • Autorización de residencia por circunstancias excepcionales: se presentarán personalmente ante el órgano competente (Oficinas de Extranjeros, en su defecto Comisarías de Policía o Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales).

  • Renovación de autorización de residencia, residencia por circunstancias excepcionales y residencia permanente cuando se encuentren en territorio español: se presentarán en cualquier registro público, personalmente o a través de representación.

¿Qué documentación debo presentar?

En todos los supuestos se presentará solicitud de residencia en modelo oficial (EX 00), original y copia.

Se acompañarán los documentos originales, que serán devueltos una vez cotejadas las copias.

 

  • Supuesto general de autorización de residencia no lucrativa:

    • Copia del pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.

    • Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.

    • Certificado médico oficial.

    • Documentos que acrediten medios de vida suficientes para el periodo de residencia que se solicita, incluyendo en su caso, los de su familia.

 

  • Renovación de autorización temporal de residencia no lucrativa: 

    • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor. 

    • Documentos que acrediten medios de vida suficientes para el periodo de residencia que se solicita, incluyendo en su caso, los de su familia.

    • Seguro médico.

 

  • Supuesto de arraigo laboral:

    • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.

    • Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.

    • Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años.

    • Resolución judicial o resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que reconozca existencia de relación laboral no inferior a 1 año.

 

  • Supuesto de arraigo social: 

    • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor. 

    • Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.

    • Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años. 

    • Contrato de trabajo firmado, en el momento de la solicitud, por el trabajador y empresario con duración no inferior a un año o acreditación de medios de vida.

    • Documentos que acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes (cónyuge, ascendientes o descendientes en línea directa) o informe de inserción social emitido por el Ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual. 

 

  • Supuesto de arraigo familiar:

    • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor. 

    • Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia. 

    • Documentos que acrediten el vínculo familiar. 

    • Documentos que acrediten que el padre o la madre han sido originariamente españoles.

 

  • Supuesto de Menores tutelados que al llegar a la mayoría de edad no obtuvieron autorización de residencia:

    • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.

    • Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o procedencia, en su caso.

    • Documentación que acredite haber estado tutelado. 

    • Documentos que acrediten haber participado adecuadamente en las acciones formativas y actividades de la entidad.

    • Recomendación de concesión de la autorización por parte de la entidad de protección de menores, en su caso.

 

  • Autorización de residencia permanente:

    • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.

    • Documentación acreditativa de estar en alguno de los siguientes supuestos de acceso: haber residido legalmente en España durante 5 años; ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez; haber nacido en España y haber residido 3 años antes de la solicitud; haber sido español de origen; haber estado, al llegar a la mayoría de edad, bajo la tutela de una entidad pública española de forma consecutiva durante los cinco años inmediatamente anteriores; ser apátrida o refugiado; haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España o a la proyección de España en el exterior. 

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